Deducciones por vivienda en Cataluña en tu Renta 2020

Y, un año más, llegó el momento de realizar la declaración de la Renta. Si tu domicilio fiscal en 2020 estuvo en Cataluña, existen una serie de deducciones a las cuales puedes acogerte. A continuación te detallamos las deducciones relativas a vivienda en Cataluña.
Deducciones por alquiler de vivienda habitual
Normativa: Art. 1o.1 Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales y administrativas, de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
La cuantía máxima deducible será del 10% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual.
En el caso de matrimonios en régimen económico de gananciales, y en el supuesto de que el arrendamiento de la vivienda solo esté a nombre de uno de los consortes, solo el que figure en el contrato de arrendamiento tiene derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual cuando cumpla los requisitos exigidos.
El límite máximo de esta deducción será de:
- 300€ anuales, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos.
- 600€ anuales, siempre que en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) el contribuyente pertenezca a una familia numerosa y cumpla con los requisitos establecidos.
Descarga: Guía completa de deducciones en Cataluña
En caso de tributación conjunta, siempre que alguno de los declarantes se encuentre en alguna de las circunstancias descritas anteriormente o pertenezca a una familia numerosa, el importe máximo de la deducción es de 600€ y el de la suma de las bases imponibles, general y del ahorro menos el importe del mínimo personal y familiar es de 30.000€.
Requisitos para la aplicación de esta deducción
1- El contribuyente se tiene que encontrar en alguna de las situaciones siguientes:
- Tener 32 años o menos a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).
- Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Ser viudo/a y tener 65 años o más.
2- Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, suma de las casillas [0435] y [0460] menos el importe de la casilla [0520] de la declaración, no supere 20.000€ anuales.
3- Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de los rendimientos netos del contribuyente.
4- Otras condiciones para la aplicación de la deducción:
- Esta deducción solo puede aplicarse una vez, con independencia de que en un mismo contribuyente puedan concurrir más de una circunstancia de las establecidas en los requisitos.
- Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de una deducción superior a 600€. Si por una misma vivienda tiene derecho a la deducción más de un contribuyente, cada uno de ellos podrá aplicar en su declaración el importe que se obtenga de dividir la cantidad resultante de la aplicación del 10% del gasto total o el límite máximo de 600€, si procede, por el número de declarantes con derecho a la deducción.
Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán cumplimentar el apartado “Información adicional a la deducción autonómica por arrendamiento” del Anexo B.6) de la declaración en el que, además de los datos necesarios para cuantificar la deducción, deberá hacerse constar el NIF/NIE del arrendador de la vivienda y, si existe el del segundo arrendador o, en caso de NIF de otro país, se marcará una X en las casillas correspondientes.
Descarga: Guía completa de deducciones en Cataluña
Deducciones por rehabilitación de la vivienda habitual
Normativa: Art. 3 Decreto ley 1/2008, de 1 de julio, de medidas urgentes en materia fiscal y financiera, de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
La cuantía máxima de las deducciones por vivienda en Cataluña si has rehabilitado tu vivienda habitual será del 1,5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.
La base máxima de esta deducción se establece en un importe de 9.040€ anuales.
Si necesitas ampliar información acerca de las deducciones por vivienda a las que puedes acogerte en Cataluña, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Ya sabes que en ROMO Real Estate estamos para ayudarte.

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