Conoce la nueva ley de limitación de precios de alquiler en Cataluña
Como seguramente sabrás, el Parlament catalán ha aprobado la norma a través de la cual se establece una limitación a los precios de alquiler en Cataluña.
No todos los contratos de alquiler se verán afectados por esta norma, ni tampoco afecta al territorio catalán en su totalidad. Te resumimos la Ley sobre medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda.
¿A qué tipo de contratos afecta?
Es necesario que se cumplan determinados requisitos y que el contrato no pertenezca a las categorías excluidas.
Más en concreto, los contratos que se verán afectados por esta ley de limitación de precios en Cataluña son los de viviendas destinadas a residencia permanente ubicadas en áreas declaradas tensas.
Son 60 los municipios de más de 20.000 habitantes que cuentan con un mercado que se considera tenso. Entre ellos se encuentran casi todas las capitales de comarca y las poblaciones del área metropolitana de Barcelona. En esa zona viven unos 5 millones de personas concentrando el 70% de la población catalana.
Todo sobre la nueva ley de limitación de precios de alquiler
Esta ley afectará solo a los nuevos contratos y a los que se renueven, que no podrán superar el precio acordado en el contrato anterior.
Los contratos que quedarán excluidos de esta norma son los que cumplan con las siguientes características:
- Contratos anteriores al 1 de enero de 1995.
- Los sujetos a un régimen de protección oficial.
- Los integrados en redes públicas de viviendas de inserción o de mediación para el alquiler social o en el Fondo de vivienda de alquiler.
- Los contratos destinados a políticas sociales.
- Contratos de carácter asistencial.
- Aquellos que se subscriban de acuerdo con las disposiciones legales
- Los aplicables al alquiler social obligatorio.
¿Cuál es el ámbito de aplicación territorial de esta ley?
Como hemos comentado anteriormente, esta nueva norma solo afecta a los contratos de arrendamiento de viviendas situadas en áreas declaradas como tensas. Estás áreas son las siguientes:
Badalona, Barberà del Vallès, Barcelona, Blanes, Calafell, Castellar del Vallès, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Figueres, Gavà, Girona, Granollers, L’Hospitalet de Llobregat, Igualada, Lleida, Manlleu, Manresa, Martorell El Masnou, Mataró, Molins de Rei, Montcada i Reixac, Montgat, Olesa de Montserrat, Olot, Palafrugell, Pallejà, Pineda, El Prat de Llobregat, Premià de Mar, Reus, Ripollet, Rubí Sabadell, Salou, Salt, Sant Adrià de Besòs, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Sant Feliu de Guíxols, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Pere de Ribes, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Gramenet, Santa Perpètua de Mogoda, Sitges, Tarragona, Terrassa, Tortosa, El Vendrell, Vic, Viladecans, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú y Vilassar de Mar.
Todo sobre la nueva ley de limitación de precios de alquiler
¿Cómo se fija el límite de precio de la renta?
El límite que se establezca depende del tipo de arrendador.
Si se trata de una persona jurídica, la renta inicial no podrá sobrepasar el precio de referencia para el alquiler de una vivienda de características análogas en el mismo entorno urbano.
En caso de que la vivienda se haya arrendado en los cinco años anteriores a la fecha de entrada en vigor de la ley de limitación de precios de alquiler en Cataluña y no estaba afectada por un régimen de limitación de rentas, la renta inicial tampoco podrá sobrepasar la renta consignada en el último contrato de arrendamiento debidamente actualizada.
Si el arrendador en una persona física, se aplicarán las mismas limitaciones con las siguientes excepciones:
- Solo aplica el límite de la renta consignada en el último contrato de arrendamiento (no el precio de referencia) si la unidad de convivencia del arrendador tiene unos ingresos iguales o inferiores a 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña o si los ingresos del arrendatario son superiores a 3,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña ponderado.
- Solo aplica el precio de referencia como límite de renta si existía una relación de parentesco entre las partes que firmaron el último contrato de arrendamiento suscrito antes de la entrada en vigor de la Ley 11/2020.
¿Cómo aplica esta ley en el caso de vivienda nueva?
Si se trata de un alquiler de vivienda nueva o viviendas resultantes de un proceso de gran rehabilitación, y durante los cinco años posteriores a la obtención del certificado de final de obra, la renta pactada al inicio del contrato puede ser algo más elevada porque, aunque el contrato esté sometido a limitación, el precio de referencia será el margen superior del índice de referencia de precios de alquiler de viviendas para una vivienda de características análogas en el mismo entorno urbano.
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